XXXII. Padrón de proveedores y contratistas.

En cumplimiento a la presente fracción, los sujetos obligados deberán publicar un padrón con información relativa a las personas físicas y morales con las que celebren contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y/o servicios relacionados con las mismas, que deberá actualizarse por lo menos cada tres meses.

No Aplica

El Instituto de Información Estadística, Geográfica y Catastral del estado de Campeche no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables. Le corrresponde a l a Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental: Art. 23 Fracc. II de la Ley Orgánica de la Administración Pública.